jueves, 8 de mayo de 2014

V Torneo Pesca de la Piraña-La Herradura-Formosa

REGLAMENTO EMBARCADA A MOTOR

ARTICULO 1º: El certamen de pesca será embarcado y se realizará en la Jurisdicción de la localidad de HERRADURA (Provincia de Formosa). El área de pesca será desde La Boca del Cortapick hasta la desembocadura de la Laguna Herradura -Prefectura Cue (sin salir al Río Paraguay). ÚNICAMENTE SE PODRÁ PESCAR EN LA ZONA HABILITADA POR LA COMISIÓN ORGANIZADORA. La largada de la competencia se realizará en el predio de la Playa Municipal ubicada a la vera de la Laguna.

ARTICULO 2º: La jornada de pesca consistirá en una sola prueba, que se llevará a cabo el día domingo 11/05/14 a partir de las 09:00 hs. y hasta las 13:00 hs. participarán todos los equipos que se inscriban en los lugares habilitados para tal efecto, debiendo presentar documentos personales y datos de la embarcación. El costo de la inscripción será de $ 600,00 (PESOS: SEISCIENTOS), por equipo. Queda vedada la cancha de pesca en toda su extensión desde el día Sábado 10/05/14 a partir de las 00:00 hs, hasta el momento de la largada.

ARTICULO 3º: Podrá participar toda persona mayor de edad, y los menores de edad con autorización de sus padres o tutores. El equipo estará conformado por hasta tres pescadores o trío integrado, pudiendo tener además un timonel o guía, el cual por ningún motivo podrá pescar ni ayudar al equipo, siendo esto motivo de descalificación.

ARTÍCULO 4º: La largada se realizará en función del siguiente cronograma de salida:

HP EMBARCACIÓN SALIDA
Hasta 70 9:00 hs
De 71 en adelante – Fuerza Libre 9:05 hs

Queda a consideración del Fiscal General demorar la largada, en caso de que el río no este apto para navegar o por motivos que éste considere.

ARTICULO 5º: El parque cerrado estará dividido en dos sectores: Sector 1 hasta 70 Hp –Sector 2 Fuerza Libre.
Las embarcaciones deberán encontrarse en el lugar de la largada una hora antes de la iniciación de la competencia, donde serán controladas por los fiscales y sus ayudantes.
EN CASO DE ENCONTRARSE UNA O MAS PIRAÑAS, EL EQUIPO QUEDA AUTOMÁTICAMENTE DESCALIFICADO.

ARTICULO 6º: La pesca se realizará desde embarcaciones fondeadas, y a una distancia mínima entre embarcaciones de treinta (30) metros, pudiéndose utilizar cualquier tipo de estas, siempre que se encuentren dentro de las medidas de seguridad y debiendo poseer todos los elementos requeridos por Prefectura Naval Argentina. El número de equipo otorgado por la Comisión deberá colocarse en un lugar bien visible e identificable.

ARTICULO 7º: El chaleco o poncho salvavidas será de USO OBLIGATORIO durante la largada y navegación; caso contrario, será motivo de DESCALIFICACIÓN del equipo. Los salvavidas serán provistos por cada participante.

ARTICULO 8º: A cada equipo participante se le hará entrega de una bolsa numerada, en la que se deberá colocar las piezas puntuables, perfectamente cerrada.

ARTICULO 9º: La clasificación se realizará de la siguiente manera:

Puntos por pieza puntuable 10 (diez)
Puntos por kilo y fracción 1 (uno)

ARTICULO 10º: Para la clasificación, la medida mínima de las pirañas presentadas deberá ser de 20 centímetros, medidos desde la punta del hocico hasta el extremo más largo de la aleta caudal. No se aceptarán tolerancias en cuanto a la medida mínima de las piezas presentadas. Está prohibido mutilar o desvertebrar las piezas.
La cantidad máxima de piezas presentadas será de 20 (veinte) por embarcación.
El rechazo de una sola de las piezas por ser de menor medida que la permitida, o la presentación de un número mayor de la cantidad mencionada o la presentación de otra especie capturada, serán motivos de descalificación del equipo.

ARTICULO 11º: Cada equipo deberá marcar la pieza mayor de su embarcación colocándole un precinto en la cola, que será provisto por la Organización.

ARTÍCULO 12º: Cada equipo deberá presentarse en el sector de fiscalización con su respectiva bolsa numerada y perfectamente cerrada, hasta las 13:30 (TRECE Y TREINTA) HORAS SIN EXCEPCIÓN. Transcurrido ese tiempo, no se aceptará ninguna bolsa. El equipo podrá presenciar el pesaje y control de las piezas extraídas. En caso de no hacerse presente, no tendrá derecho a reclamo alguno.

ARTICULO 13º: En caso de registrarse un empate, se resolverá de la siguiente manera: 1) Por cantidad de piezas; 2) Por peso total; 3) Por peso de la pieza mayor; 4) De persistir la igualdad se resolverá conforme a lo establecido en la tabla de participantes de C.A.P. y L. (Confederación Argentina de Pesca y Lanzamiento).

ARTICULO 14º: Los elementos permitidos a utilizar son:
• Caña libre
• Reel libre
• Nylon monofilamento o multifilamento
• Un (1) anzuelo de una sola punta de cualquier tamaño
• Carnada libre, que será provista por los participantes

ARTICULO 15º: Los fiscales podrán en cualquier momento revisar las embarcaciones y los elementos de pesca empleados por los participantes.

ARTICULO 16º: Se prohíbe el uso de bicheros, permitiéndose bonetes o copos para levantar las piezas.

ARTICULO 17º: Queda prohibido tirar carnada u otros elementos que puedan servir para cebar. Las pirañas fuera de medida y otras especies capturadas deberán ser devueltas obligatoriamente.

ARTICULO 18º: Queda prohibido recibir piezas u otros elementos de cualquier tipo (Ej: termos, tablas de medida, etc.) entre embarcaciones.

ARTICULO 19º: Sólo se admitirán reclamos relacionados con la competencia, efectuados por escrito y hasta treinta (30) minutos después de finalizada la prueba.

ARTICULO 20º: Al finalizar la competencia, las lanchas fiscales recibirán un control desde los extremos de la cancha, para auxilio en caso de que alguna embarcación tuviera desperfectos mecánicos o averías.

ARTICULO 21º: La manifestación de cualquier conducta considerada antideportiva a criterio del fiscal será motivo de descalificación.

ARTICULO 22º: Toda situación no prevista en el presente Reglamento, será resuelta por el Fiscal General de la competencia, y su decisión será de carácter INAPELABLE.

ARTÍCULO 23º: La Federación Formoseña de Pesca y Lanzamiento y la entidad organizadora no se responsabilizará por accidentes y/o pérdidas de ninguna índole que ocurrieran antes, durante o después de la prueba.

Organiza: Municipalidad de Herradura.
Auspicia: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE FORMOSA.
Fiscaliza: Federación Deportiva Formoseña de Pesca y Lanzamiento.
 
REGLAMENTO EMBARCADA A REMO

ARTICULO 1º: El certamen de pesca será embarcado y se realizará en la Jurisdicción de la localidad de HERRADURA (Provincia de Formosa). El área de pesca será desde La Boca del Cortapick hasta la desembocadura de la Laguna Herradura – Prefectura Cué (sin salir al Río Paraguay). ÚNICAMENTE SE PODRÁ PESCAR EN LA ZONA HABILITADA POR LA COMISIÓN ORGANIZADORA. La largada de la competencia se realizará en el predio de la Playa Municipal ubicada a la vera de la Laguna.

ARTICULO 2º: La jornada de pesca consistirá en una sola prueba, que se llevará a cabo el día Sábado 10/05/14 a partir de las 13:30 hs. y hasta las 17:30 hs. Participarán todos los equipos que se inscriban en los lugares habilitados para tal efecto, debiendo presentar documentos personales y datos de la embarcación. El costo de la inscripción será de $ 300,00 (PESOS: TRESCIENTOS), por equipo. Queda vedada la cancha de pesca en toda su extensión desde el día viernes 09/05/14 a partir de las 00:00 hs, hasta el momento de la largada.

ARTICULO 3º: Podrá participar toda persona mayor de edad, y los menores de edad con autorización de sus padres o tutores. El equipo estará conformado por hasta dos pescadores o dúo integrado. No podrán tener timonel o guía, siendo esto motivo de descalificación.

ARTÍCULO 4º: Queda a consideración del Fiscal General demorar la largada, en caso de que el río no este apto para navegar o por motivos que éste considere.

ARTICULO 5º: Las embarcaciones deberán encontrarse en el lugar de la largada una hora antes de la iniciación de la competencia, donde serán controladas por los fiscales y sus ayudantes. EN CASO DE ENCONTRARSE UNA O MAS PIRAÑAS, EL EQUIPO QUEDA AUTOMÁTICAMENTE DESCALIFICADO.

ARTICULO 6º: La pesca se realizará desde embarcaciones fondeadas, y a una distancia mínima entre embarcaciones de treinta (30) metros, pudiéndose utilizar cualquier tipo de estas, siempre que se encuentren dentro de las medidas de seguridad y debiendo poseer todos los elementos requeridos por Prefectura Naval Argentina. El número de equipo otorgado por la Comisión deberá colocarse en un lugar bien visible e identificable.

ARTICULO 7º: El chaleco o poncho salvavidas será de USO OBLIGATORIO durante la largada y navegación; caso contrario, será motivo de DESCALIFICACIÓN del equipo. Los salvavidas serán provistos por cada participante.

ARTICULO 8º: A cada equipo participante se le hará entrega de una bolsa numerada, en la que se deberá colocar las piezas puntuables, perfectamente cerrada.

ARTICULO 9º: La clasificación se realizará de la siguiente manera:

Puntos por pieza puntuable 10 (diez)
Puntos por kilo y fracción 1 (uno)

ARTICULO 10º: Para la clasificación, la medida mínima de las pirañas presentadas deberá ser de 20 centímetros, medidos desde la punta del hocico hasta el extremo más largo de la aleta caudal. No se aceptarán tolerancias en cuanto a la medida mínima de las piezas presentadas. Está prohibido mutilar o desvertebrar las piezas.
La cantidad máxima de piezas presentadas será de 15 (quince) por embarcación.
El rechazo de una sola de las piezas por ser de menor medida que la permitida, o la presentación de un número mayor de la cantidad mencionada o la presentación de otra especie capturada serán motivos de descalificación del equipo.

ARTICULO 11º: Cada equipo deberá marcar la pieza mayor de su embarcación colocándole un precinto en la cola, que será provisto por la Organización.

ARTÍCULO 12º: Cada equipo deberá presentarse en el sector de fiscalización con su respectiva bolsa numerada y perfectamente cerrada, hasta las 18:00 (DIECIOCHO) HORAS SIN EXCEPCIÓN. Transcurrido ese tiempo, no se aceptará ninguna bolsa. El equipo podrá presenciar el pesaje y control de las piezas extraídas. En caso de no hacerse presente, no tendrá derecho a reclamo alguno.

ARTICULO 13º: En caso de registrarse un empate, se resolverá de la siguiente manera: 1) Por cantidad de piezas; 2) Por peso total; 3) Por peso de la pieza mayor; 4) De persistir la igualdad se resolverá conforme a lo establecido en la tabla de participantes de C.A.P. y L. (Confederación Argentina de Pesca y Lanzamiento).

ARTICULO 14º: Los elementos permitidos a utilizar son:
• Caña libre
• Reel libre
• Nylon monofilamento o multifilamento en manos
• Chicote libre
• Un (1) anzuelo de una sola punta de cualquier tamaño
• Carnada libre, que será provista por los participantes

ARTICULO 15º: Los fiscales podrán en cualquier momento revisar las embarcaciones y los elementos de pesca empleados por los participantes.

ARTICULO 16º: Se prohíbe el uso de bicheros, permitiéndose bonetes o copos para levantar las piezas.

ARTICULO 17º: Queda prohibido tirar carnada u otros elementos que puedan servir para cebar. Las pirañas fuera de medida y otras especies capturadas deberán ser devueltas obligatoriamente.

ARTICULO 18º: Queda prohibido recibir piezas u otros elementos de cualquier tipo (Ej: termos, tablas de medida, etc.) entre embarcaciones.

ARTICULO 19º: Sólo se admitirán reclamos relacionados con la competencia, efectuados por escrito y hasta treinta (30) minutos después de finalizada la prueba.

ARTICULO 20º: Al finalizar la competencia, las lanchas fiscales recibirán un control desde los extremos de la cancha, para auxilio en caso de que alguna embarcación tuviera desperfectos mecánicos o averías.

ARTICULO 21º: La manifestación de cualquier conducta considerada antideportiva a criterio del fiscal será motivo de descalificación.

ARTICULO 22º: Toda situación no prevista en el presente Reglamento, será resuelta por el Fiscal General de la competencia, y su decisión será de carácter INAPELABLE.

ARTÍCULO 23º: La Federación Formoseña de Pesca y Lanzamiento y la entidad organizadora no se responsabilizará por accidentes y/o pérdidas de ninguna índole que ocurrieran antes, durante o después de la prueba.

Organiza: Municipalidad de Herradura.
Auspicia: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE FORMOSA.
Fiscaliza: Federación Deportiva Formoseña de Pesca y Lanzamiento.
Municipalidad Herradura
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